Considerando:Que es riqueza de los pueblos la memoria de su historia.Que es deber del Estado exaltar momentos e individualidades que la expresan, en particular la de los héroes hacedores de la Patria;Que la Revolución Liberal liderada por Eloy Alfaro Delgado constituye el proceso de más trascendente transformación en la historia del Ecuador, cuyo mayor legado fue la independencia del Estado y haberlo convertido en organización destinada a proteger la soberanía de la Nación, la vigencia del derecho y garantías de su ejercicio, el desarrollo socioeconómico y la libertad ciudadana;Que su conducción del Estado constituyó el momento más significativo de crecimiento de la Nación y pueblos del Ecuador; y,En ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 171 numeral 9 de la Constitución Política de la República;Decreta:Artículo Primero.- Reconocer y proclamar al General Eloy Alfaro Delgado, Héroe Nacional, Héroe Insignia del Ecuador, Signo de la Patria, ejemplar voluntad histórica, gobernante, militar y ciudadano, paradigma de las generaciones que le suceden.Artículo Segundo.- Exhortar a los sistemas de educación e información nacional a cultivar la memoria de las hazañas del triunfo heroico del 'Viejo Luchador'.Artículo Tercero.- Este decreto regirá a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.Dado en el Palacio Nacional en Quito, a 26 de septiembre del 2003.(f) Alfredo Palacio Gonzáles, Vicepresidente Constitucional de la República en ejercicio de la Presidencia.Es fiel copia del original.- Lo certifico.(f) Patricio Acosta Jara, Secretario General de la Administración Pública. |