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En la
ciudad de
Santiago de Guayaquil, a nueve días del mes de octubre de mil
ochocientos veinte años, y primero de su Independencia, reunidos los
señores que lo han compuesto, a saber: Los Señores Alcaldes, Don
Manuel José de Herrera y
Don Gabriel
García Gómez, y Señores
Regidores
Dr. José Joaquín de Olmedo, Don Pedro
Santander, Don José
Antonio Espantoso, Dr. D. José
María Maldonado, Dr. D. Bernabé
Cornejo, Don Jerónimo Zerda, Don Ramón
Menéndez, Don Manuel Ignacio Aguirre, Don
Juan José Casilari y
Dr. D. Francisco
Marcos,
con el
Señor Procurador General,
Don José María Villamil; por ante mi el
presente Secretario, dijeron:
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Que habiéndose declarado la Independencia,
por el voto general del pueblo, al que estaban unidas todas las tropas acuarteladas, Y, debiendo tomar en consecuencia, todas las medidas que
conciernan al orden político, en circunstancias que este necesita de los
auxilios de los principales vecinos, debían primeramente recibirse el
Juramento al Señor Jefe Político, Señor Dr. Don José
Joaquín de
Olmedo por voluntad del pueblo y de las tropas; y, en efecto,
hallándose presente dicho Señor en este excelentísimo Cabildo,
prestó
el juramento de ser Independiente y fiel a la Patria, defenderla,
coadyuvar con todo aquello que concierna a su prosperidad, y ejercer
bien y legalmente el empleo de Jefe Político que se le ha encargado.
En
seguida el referido Jefe político, posesionado del empleo, recibió el
Juramento a todos los individuos de este cuerpo, quienes juraron ser
Independientes, fieles a la Patria, y defenderla con todas las fuerzas
que estén a sus alcances; cuyo juramento lo presenció el
Señor Jefe
Militar, Don Gregorio Escobedo.
Después
de este Acto se acordó igualmente que los empleados antiguos continúen
en el servicio de su ministerio, siempre que con absoluta libertad
presten el juramento de ser Independientes y fieles a la Patria,
como de propender a la Libertad de la América, en el ejercicio de sus
destinos, bajo el concepto que en caso de no quererlo prestar no serán
acriminados por la omisión única de este acto; y habiéndose hecho
llamar a los señores Don Pedro Morlás, Don Gabriel Fernández de Urbina
y Don Bernardo Alzúa; Ministros de Haciendo Pública; Don Juan Ferruzola
y Don José Joaquín Lovoguerrerro, Administrador y contador de la
Aduana Nacional; Don Ángel Tola Y Don Carlos Calixto, Administrador y
contador del ramo del tabaco; Y Don Ramón Ferruzola, que no pudo
comparecer en el acto y don Fernando Alzúa, quien expuso que no era
empleado en ejercicio, sino agregado a estas cajas, y por este motivo no
lo hacia cuanto por haber hecho dimisión de este cargo por no gravar
inútilmente el Erario Público.
Se
acordó igualmente que se expidiesen dos expresos a los Ayuntamientos de
Quito y Cuenca, poniendo en su noticia la nueva forma de gobierno
establecida en esta ciudad, exhortándoles a la uniformidad de
sentimientos y operaciones, conducentes a la Independencia General de la
América; y que esta providencia se extienda a todos los pueblos de
esta jurisdicción por el Señor Jefe Político. Finalmente , se
acordó que se publicará por bando con acuerdo del Señor Comandante
Militar.
En
este estado compareció Don Juan Ferruzola y habiéndose enterado de todo
el contenido de esta acta, prestó juramento.
Y
habiéndose tratado del ejercicio de la Jurisdicción contenciosa y orden
que debía observarse en la ciudad, se acordó generalmente que
dicha jurisdicción se ejerciese por dichos Alcaldes con arreglo a
las leyes que han regido hasta el día de hoy; y que para mantener el
orden, se destinasen todos los señores del ayuntamiento a hacer
patrullas, procurando mantener el sosiego, con el modo y sagacidad que
exigen las circunstancias del día.
Con
lo que, y no habiéndose tratado otra cosa, firmaron esta acta los
señores. Por ante mí el presente Secretario.-
José Joaquín de Olmedo,
Manuel José de Herrera, Gabriel García
Gómez. José Antonio Espantoso, Pedro Santander, José M. Maldonado,
Bernabé Cornejo, Y Avilés, José Ramón Menéndez, Jerónimo Zerda,
Manuel Ignacio de Aguirre,
Francisco de Marco,
José Villamil, Juan José
Casilari, José Ramón de Arrieta, Secretario
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